LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA, AXTLA DE TERRAZAS, S.L.P.
 
 
 
 

 
 

TITULO CUARTO
DE LA INFORMACION PUBLICA QUE DEBE DIFUNDIRSE DE OFICIO
CAPITULO I
Del Contenido de la Información Pública de Oficio

 

ARTICULO 19.

Además de la señalada en el artículo 18 de esta Ley, las entidades públicas deberán poner a disposición del público, de oficio, en forma completa y actualizada, la siguiente información:

XV. Los contratos, convenios y condiciones generales de trabajo, que regulen las relaciones laborales del personal sindicalizado y de confianza que se encuentre adscrito a las entidades públicas; así como, la relación del personal sindicalizado, y las prestaciones económicas o en especie que se hayan entregado a los sindicatos por parte del empleador;

La información que se presenta no ha sufrido alguna modificación y se presenta actualizada a la fecha de:

 

Condiciones laborales del personal de confianza

Prestaciones del personal de confianza, actualización al mes de Agosto del 2010.

El contrato colectivo SUTSA 2010, esta vigente para el presente año, de acuerdo a las prestaciones laborales que se establecen dentro de él.


Condiciones laborales del personal sindicalizado
Contrato Colectivo SUTSA 2007-2008, Sindicato de Trabajadores.
Contrato Colectivo SUTSA 2008-2009, Sindicato de Trabajadores
Contrato Colectivo SUTSA 2010, Sindicato de Trabajadores
Prestaciones a los empleados en el año 2007
Prestaciones a los empleados en el año 2008
Prestaciones a los empleados en el año 2009
Prestaciones a los empleados oct-dic 2009
Prestaciones a los empleados enero-abril 2010

Prestaciones a los empleados mayo-junio 2010



 
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